Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, una reforma destinada a modernizar y agilizar los juicios administrativos en el país. La votación en lo general registró 363 sufragios a favor, 25 abstenciones y 64 en contra, mientras que en la discusión en lo particular se emitieron 328 votos a favor, 119 en contra y cero abstenciones.

Entre los aspectos centrales de la minuta recibida del Senado destaca el establecimiento de un plazo máximo de seis meses para resolver los casos que se tramiten mediante la vía sumaria. Asimismo, la reforma implementa plazos máximos para las actuaciones de los magistrados instructores y fija un término común de cinco días para aquellas actuaciones del Tribunal que no cuenten con un especificación temporal, con el objetivo de evitar dilaciones procesales.

La legislación actualizada incorpora la posibilidad de que los juicios sean tramitados electrónicamente a través del Sistema de Justicia en Línea. En cuanto a los montos procedentes para la vía sumaria, las fuentes reportan cifras distintas: una versión indica que se incrementa la cuantía de 15 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, mientras que otra establece un límite para resoluciones cuyo importe no exceda de 15 veces la UMA anual.

El dictamen también adiciona supuestos para negar la suspensión del acto impugnado cuando se afecte el interés social o se contravengan disposiciones de orden público, aplicable en casos de actividades sin autorización o conductas ilícitas. Además, se incluye como nuevo supuesto la impugnación de resoluciones sobre devoluciones de contribuciones para agilizar la resolución de controversias.

La reforma modifica el procedimiento para casos de atracción y recusación de magistrados, así como los plazos para la práctica de notificaciones. Durante la sesión en lo particular, se realizó una única modificación al artículo 19 del dictamen antes de su aprobación final por el órgano legislativo.

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