Por Redacción
La Nación (Scjn), 17 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza por tercera ocasión el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama para resolver la contradicción de criterios entre sus salas sobre el cálculo de indemnizaciones civiles por muerte, que enfrenta el uso del salario mínimo diario (315.04 pesos en 2026) contra la Unidad de Medida y Actualización (UMA diaria de 117.31 pesos). El caso deriva de una denuncia presentada por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, que detectó posturas opuestas entre la Primera y Segunda salas de la Corte sobre la base de cálculo para compensar el lucro cesante en decesos.
En marzo de 2024, la Primera Sala resolvió que la indemnización puede calcularse con base en salarios mínimos, mientras que en julio del mismo año la Segunda Sala determinó que es constitucional usar la UMA para el mismo fin. Esta discrepancia genera incertidumbre jurídica sobre el monto que deben recibir los familiares de víctimas mortales en casos de responsabilidad civil.
El proyecto de la ministra Batres busca establecer un criterio unificado para todo el Poder Judicial de la Federación, lo que impactaría directamente los montos indemnizatorios en casos de muerte por negligencia, accidentes o otros eventos donde se determine responsabilidad civil. La diferencia entre ambos cálculos es significativa, ya que el salario mínimo representa casi el triple del valor de la UMA.
La discusión se enmarca en el expediente 363/2024, aunque los detalles específicos del caso particular que originó la contradicción no han sido divulgados completamente. Esta es la tercera vez que el proyecto se programa para discusión en el pleno de la Corte, lo que refleja la complejidad y sensibilidad del tema.
La resolución que adopte la SCJN sentará precedente para todos los tribunales del país y definirá el parámetro de cálculo para las indemnizaciones por muerte en materia civil, afectando tanto a víctimas como a responsables en casos de diversa naturaleza donde medie compensación económica por lucro cesante.